El conflicto laboral en la firma textil Emilio Alal SACIFI sumó un nuevo capítulo luego de que la empresa comenzara a responder las cartas documento enviadas por la mayoría de los trabajadores despedidos. En sus contestaciones, ratificó que abonará únicamente el 50% de las indemnizaciones, amparándose en el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
Los empleados habían impugnado la aplicación de ese artículo, que habilita al empleador a pagar la mitad de la indemnización cuando el despido se produce por falta o disminución de trabajo no imputable a la empresa o por fuerza mayor debidamente acreditada. En sus presentaciones, rechazaron esa causal y reclamaron el pago completo, al considerar improcedente la medida.
A través de su apoderado, la compañía negó y rechazó "en todos sus términos" los planteos formulados por los trabajadores, calificándolos como falsos e improcedentes. Además, ratificó que las desvinculaciones fueron dispuestas conforme al artículo 247 de la LCT, al sostener que responden a causas "reales, válidas y comprobables", vinculadas a la situación económica y financiera que atraviesa la firma, circunstancias que ?según su postura? serían extraordinarias y ajenas al riesgo propio de la actividad.
Finalmente, dio por concluido el intercambio epistolar y dejó constancia de que el apoderado actúa en representación de la sociedad.
Judicialización en puerta
Ante la firme postura de ambas partes, el conflicto se encamina ahora hacia el ámbito judicial mediante demandas laborales individuales. Allí deberá determinarse si corresponde la aplicación del artículo 247 o si los trabajadores tienen derecho a percibir la indemnización completa.
El desenlace dependerá de lo que pueda acreditarse en sede judicial respecto de la real situación económica de la empresa y de las causales invocadas para justificar las desvinculaciones.
Fuente: LT7